Accidentes de Trabajo

Si tuviste un accidente de trabajo o un accidente in itinere y te quedaron secuelas, podemos reclamar tu indemnización.

Abogados especialistas en accidentes

¿Tuviste un Accidente de Trabajo?

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Solo cobramos si vos ganás.

¿Qué es un accidente de trabajo?

Es un evento inesperado que sucede en el trabajo y que te genera un daño. Si te pasó, consultanos porque podes cobrar una indemnización.

Accidente Laboral en Periodo de Prueba, ¿Estoy cubierto?

La ART no distingue antigüedad, dado que es una cobertura de seguros y se aplica al instante de ser dado de alta.

¿Tuviste un Accidente de Trabajo? ¿Fuiste despedido?

Podemos acompañarte en el reclamo contra la ART y por el despido

Preguntas Frecuentes

¿Qué son las aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART)?

Son empresas privadas contratadas por los empleadores.

La ART es la encargada de brindar todas las prestaciones médicas y dinerarias previstas por la ley, siempre que reciba una denuncia tanto de un accidente de trabajo o de una enf. profesional.

¿Qué cubren las aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART)?

Las contingencias cubiertas por la ART, es decir los considerados infortunios laborales son los accidentes de trabajo (tanto los ocurridos en ocasión de prestar tareas y como los llamados in itíneres) y las enf.profesionales.

¿Qué debo hacer en caso de accidente y enfermedad profesional?

Debe informar el hecho ante su empleador, quien tiene la obligación de comunicar el accidente o la patología laboral a la ART.

Si no la realiza su empleador, llamenos así lo asesoramos para realizarla correctamente. Es importante destacar que la ART tiene la obligación de recibir toda denuncia de accidente o enf.profesional. Siempre consulte con un abogado especialista en Accidente de Trabajo, así evitará errores en como encarar el proceso. No dude en contactarnos.

¿El reclamo puede perjudicar mi continuidad laboral?

El reclamo es contra la aseguradora de riesgos de trabajo ART, que es el seguro contratado por el empleador para que cubra las prestaciones médicas o dinerarias que pudiera necesitar el trabajador.

¿Qué debe hacer la ART a partir de la recepción de la denuncia?

La ART debe tomar los recaudos necesarios para otorgar en forma inmediata todas las prestaciones médicas y dinerarias a su cargo. Adicionalmente, debe facilitarle el traslado hacia y desde el prestador médico.

¿En qué consisten las prestaciones otorgadas por la ART?

La ley establece dos tipos de prestaciones que deben ser otorgadas por la ART: médicas y dinerarias. Las prestaciones médicas consisten en servicios y beneficios para asistir al trabajador, tales como: asistencia médica y farmacéutica; prótesis y ortopedia; rehabilitación; recalificación profesional y servicio funerario. Deben otorgarlas hasta su curación completa o mientras subsistan los síntomas incapacitantes. Las prestaciones dinerarias por su parte, apuntan a cubrir la pérdida de los ingresos del trabajador por no poder concurrir a prestar tareas en virtud de su incapacidad. De esta manera, la ART debe brindar al trabajador una prestación dineraria mensual hasta que se le otorgue el alta o hasta que se cumplan dos años de su accidente.

¿Puede la ART rechazar un accidente o enfermedad profesional?

A partir de la recepción de la denuncia, la ART tiene un plazo de 10 días hábiles para rechazar el accidente o enf. profesional, pudiendo extender este plazo por otros 10 días hábiles, siempre que le notifique que hará uso de esta ampliación del plazo. Si le rechazaron su accidente o enf. laboral, consúltenos.

¿Qué debo hacer si no estoy de acuerdo con el alta médica?

En el supuesto de estar en desacuerdo con el alta otorgada debe informar a su empleador para que este solicite un reingreso a la ART, o bien solicitar directamente el reingreso a la ART con la asesoría del Estudio Rojas.

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El plazo para reclamar es de 2 años.

El reclamo es contra la ART; no contra su empleador, por lo que no tendrás inconvenientes en el trabajo

¿Qué es Accidente In Itinere?

Se trata de un tipo de accidente que ocurre en el camino hacia al trabajo o en el camino de vuelta al hogar.
Están incluidos dentro del rango de cobertura de las ART porque el hecho de trasladarse es una necesidad que tiene el empleado para prestar sus servicios. Entre los casos más comunes de estos Accidentes In Itinere están: los robos violentos o casos derivados de la inseguridad, y los accidentes de tránsito (lesiones por choques, fracturas por caídas, roturas de meniscos, etc.)

¿En que casos cubre la ART un accidente In itinere?

Para que la ART cubra este tipo de siniestros, el damnificado no debe modificar el habitual y más corto recorrido. Es decir no debe desviarse para hacer otras cosas (ejemplo ir a la casa de un familiar o ir hacer compras).

¿Se puede modificar el trayecto?

Sí, se puede hacer. “El trabajador podrá declarar por escrito ante el empleador, y éste dentro de las setenta y dos (72) horas ante el asegurador, que el itinere se modificará por las razones que fueran.”

Los casos más comunes son las lesiones producto de los choques, fracturas por caídas y los episodios de inseguridad

Enfermedad Profesional

Es la producida por causa del lugar o del tipo de trabajo. A lo largo del vínculo laboral el trabajador puede comenzar a sufrir dolores que se intensifican con el tiempo. Estos dolores son provocados por el tipo de trabajo que realiza.
Pueden ser causadas por trabajar con posiciones forzadas de la columna, por hacer fuerza indebida, por falta de elementos de protección.
Estas lesiones pueden tornarse crónicas y seguir agravándose si no se denuncian a tiempo ante la ART.

Entre las patologías más recurrentes están:

Hernias Discales-Cervicales

Trabajadores expuestos al esfuerzo.

Tendinitis-Epicondolitis

Movimientos repetitivos.

Manguito Rotador

Lesiones causadas por el uso y abuso de los hombros.

Pérdida de audición

Trabajadores expuestos al ruido intenso en sus tareas laborales.

Dirección

Tte Gral Juan Domingo Perón 315 – Piso 5

Horario

Lunes a Viernes de 8 a 19 hs.